El Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de $315.000.000 (trescientos quince millones de pesos) a familiares de Mario Alvarado Araya, Artemio Pizarro Aranda, Pedro Araya Araya y José Fierro Fierro, fusilados el 11 de octubre de 1973, en la localidad de Las Coimas, comuna de Putaendo.
En el fallo (causa rol 15.516-2015), la magistrada Soledad Jorquera Binner acogió la acción reparatoria deducida, tras establecer que los homicidios de la víctimas constituyen crímenes de lesa humanidad, que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad, tanto en el ámbito penal como en el civil.
«Que, de acuerdo a lo señalado precedentemente, se tiene por acreditado que don Mario Alvarado Araya, don Artemio Pizarro Aranda, don Pedro Abel Araya Araya y don José Armando Fierro Fierro fueron ejecutados por agentes del Estado de Chile, siendo todos, en consecuencia, víctimas de la violación de sus derechos humanos, de acuerdo a los hechos y circunstancias establecidos en el informe citado. Sin perjuicio de lo establecido precedentemente, huelga señalar que el demandado Fisco de Chile no controvirtió expresamente la participación de sus agentes en el homicidio de las víctimas de que se trata en estos autos», sostiene el fallo.
La resolución agrega que: «cabe mencionar, como se señaló en considerandos anteriores, que la presente acción es de carácter reparatoria por derivar de la violación a los derechos humanos en crímenes de lesa humanidad, la que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad, la que debe regir tanto en el ámbito penal como en el civil. De seguir la tesis del demandado, esto es, aplicar a este caso la prescripción del derecho privado, implicaría permitir que el Estado evitara cumplir su deber y se negaran derechos fundamentales, como el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de las personas, por quien, como se señaló precedentemente, es el constitucionalmente obligado a resguardarlos, lo que lleva a rechazar la excepción de prescripción».
En la parte resolutiva, el fallo acogió, parcialmente, la demanda interpuesta y condenó al fisco a pagar, a título de daño moral, los siguientes montos:
-$45.000.000 a María Verónica Pizarro Pérez;
-$45.000.000 a Mario Segundo Alvarado Osorio;
-$60.000.000 a Herminda Magali Briceño Valero;
-$45.000.000 a Pedro Wladimir Araya Briceño;
-$45.000.000 a Gloriet Carol Araya Briceño;
-$45.000.000 a Maritza Magali Araya Briceño;
-$15.000.000 a Domingo Armando Fierro Fierro, y
-$15.000.000 a Rosa del Carmen Fierro Fierro.