La propuesta, aprobada por los diputados en tercer trámite, quedó lista para convertirse en ley. Establece procedimientos y sanciones para los infractores.
La Sala de la Cámara de Diputados ratificó, tras dos votaciones, las revisiones propuestas por el Senado al proyecto que modifica la Ley General de Telecomunicaciones, para regular el tendido de cables aéreos. El texto, que terminó su tramitación legislativa, busca solucionar el exceso de líneas de servicios de telecomunicaciones, muchas de las cuales se encuentran ya en desuso. La propuesta señala que las concesionarias y permisionarias que, conforme a esta ley, cuenten con líneas aéreas o subterráneas de servicios de telecomunicaciones, tales como líneas, cables, ductos, poliductos, microductos, crucetas, anclajes, tirantes, cajas de control, acometidas, gabinetes, armarios, mufas, cámaras y todo otro elemento perteneciente a la red, serán responsables de su adecuada instalación, identificación, modificación, mantención, orden, traslado y retiro, conforme a la obligación legal de contar con planes de gestión y manejo de redes.
Los elementos que hayan dejado de ser utilizados para los fines del o los servicios autorizados serán calificados como desechos y deberán ser retirados por la respectiva concesionaria o permisionaria a su costa, en el tiempo determinado y de acuerdo a los criterios, procedimientos y mecanismos de resolución establecidos en la norma técnica, la que podrá contemplar planes de retiro y ordenación programados y coordinados con las autoridades comunales y regionales.
Cualquier daño o perjuicio que se genere producto de estos trabajos será de exclusiva responsabilidad de la concesionaria o permisionaria. El incumplimiento de esta obligación será sancionado con una multa a beneficio municipal de cien a mil UTM (entre $4.903.300 pesos y $49.033.000 pesos). Para proceder al retiro, así como a la instalación, identificación, modificación, mantención, ordenación o traslado de los elementos de red que corresponda, la empresa de energía eléctrica, de telecomunicaciones o entidad propietaria del poste o ducto donde esté instalado el elemento en desuso o que requiera ser intervenido, tendrá que darle a la concesionaria o permisionaria el apoyo técnico y operacional necesario, dentro de los plazos que se establezcan en cada caso, dependiendo del procedimiento contemplado en los contratos o convenios de apoyo en postes, los que deberán ajustarse a las normas reglamentarias o técnicas de telecomunicaciones y eléctricas.
La iniciativa precisa, además, que si las empresas no cumplen con el retiro dentro del plazo, los municipios podrán quitarlos de acuerdo al procedimiento que establece la Ley General de Telecomunicaciones y la normativa eléctrica, exigiendo el reembolso de todos los costos asociados a ello. Para esto, el certificado emitido por el secretario municipal acreditará el monto del retiro del cableado.
Por otra parte, los servicios de telecomunicaciones y las empresas de energía eléctrica tendrán que publicar en sus páginas web institucionales, sus líneas aéreas o subterráneas y los apoyos de servicios de telecomunicaciones, para poder realizar las acciones de retiro. Para esto, habrá un plazo de noventa días desde la publicación de esta ley. Además, este proyecto de ley incluye también los postes e instalaciones que se encuentren adosadas exteriormente a los edificios en los condominios de viviendas sociales.