Declaración pública de Ruggero Cozzi, constituyente

Declaración pública de Ruggero Cozzi, constituyente

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• El martes 8 de junio se conoció el “Pronunciamiento Conjunto” de 34 constituyentes electos -principalmente de la Lista del Pueblo y una parte del Frente Amplio- agrupados como “Vocería de los Pueblos”. En su declaración, exigen seis condiciones para el desarrollo de la Convención Constitucional (entre otras: libertad a los llamados presos políticos, desmilitarización de La Araucanía) junto con asegurar que este proceso no se debe regir por las normas emanadas del Acuerdo por la Paz y la Nueva Constitución del 15 de noviembre de 2019.

• Como constituyente electo por el distrito N° 6 de la Región de Valparaíso manifiesto públicamente mi rechazo a aquel pronunciamiento, el cual se funda en afirmaciones falsas y antidemocráticas.

• Es falso que la Convención Constitucional sea una manifestación del poder constituyente originario. Las reglas que rigen este proceso constituyente nacen de un gran acuerdo político el 15 de noviembre de 2019, que luego fue ratificado como reforma constitucional en el Congreso Nacional con una abrumadora mayoría, y finalmente, aprobado por prácticamente un 80% de la ciudadanía en el plebiscito del 25 de octubre de 2020. En consecuencia, estamos en presencia del ejercicio del poder constituyente derivado, es decir, un proceso sometido a reglas predefinidas y que mantiene vigente la actual Constitución Política mientras no se apruebe una nueva Constitución.

• Quienes se postularon como constituyentes aceptaron -expresa o tácitamente- las reglas del proceso que les permitieron resultar electos. Desconocer ahora esas reglas los coloca en una gran contradicción, y los deja como actores oportunistas, que aceptan las reglas solamente cuando les conviene.

• El respeto al procedimiento, quórums y plazos predefinidos es una condición de legitimidad de la nueva Constitución que comenzaremos a escribir.

• Ningún sector de la ciudadanía puede arrogarse la representación exclusiva del pueblo de Chile. La soberanía popular reside en la Nación y se ejercita a través de elecciones periódicas y de sus representantes democráticamente electos. En este caso, los 34 constituyentes firmantes del pronunciamiento que aquí se rechaza, solamente representan a una porción minoritaria dentro de la Convención Constitucional.

• Hago un llamado al resto de los constituyentes electos -cualquiera sea su color político, sean miembros de pueblos originario, hombres o mujeres, independientes o militantes de partidos- a rechazar esta clase de pronunciamientos que amenazan el éxito y legitimidad del proceso. Las posiciones jacobinas deben rechazarse desde el inicio; un proceso sin reglas predefinidas es el preludio del caos, donde se impondrá quien grite más fuerte, destruyendo toda posibilidad de diálogo y construcción de acuerdos.

• Los chilenos y chilenas nos están observando atentamente. No los defraudemos. Recordemos que el pueblo de Chile tendrá la posibilidad de aprobar o rechazar la nueva Constitución en el plebiscito de salida a través de una votación popular obligatoria.

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