Texto copiado del original, que da cuenta de los hechos ocurridos el 18 de septiembre de 1810. Este documento es una copia del Cabildo de la época. (la copia es del original, por lo que se deberá asumir el modo y ortografía de la época).
(…) En la muy Noble y Real Ciudad de Santiago de Chile a diez y ocho días del mes de septiembre del Año de mil Ochocientos diez el Muy Ilustre. Señor Presidente y Señores de su Cabildo congregados con todos los Jefes de todas las corporaciones, Prelados de las Comunidades Religiosas y Vecindario Noble de la Capital en la Sala del Real Consulado: Dijeron: que siendo el principal objeto del Gobierno y del Cuerpo representante de la patria el orden, quietud y tranquilidad pública perturbada notablemente en medio de la incertidumbre acerca de las noticias de la Metrópoli, que producían una divergencia peligrosa en las opiniones de los ciudadanos, se había adoptado el partido de conciliarlas a un punto de unidad convocándolos al majestuoso congreso en que se hallaban. Venidos para consultar la mejor defensa del reyno y sosiego -común conforme a lo acordad: y teniendo a la vista el Decreto de treinta de Abril expedido por el Supremo Consejo de Regencia en que se niega toda provisión y audiencia en materias de gracia y justicia quedando sólo expedito su despacho en las de Guerra; con consideración a que la misma Regencia con su manifiesto de catorce de Febrero último ha remitido el de la de instalación de la Junta de Cádiz advirtiendo a las Américas que ésta podrá servir de modelo a los pueblos que quieran elegirse un gobierno representativo digno de su confianza y proponiéndose que toda la discordia de la Capital provenía del deseo de tal establecimiento con el fin de que se examinase y decidiese por todo el Congreso la legitimidad de este negocio:
Oído el Procurador General que con la mayor energía expuso las decisiones legales y que a este pueblo asistía las mismas prerrogativas y derechos que a los de España para fijar un gobierno igual, especialmente cuando no menos que aquellos se halla amenazado de enemigos, y de las intrigas que hacen más peligrosa la distancia, necesitado a precaverlas y preparar su mejor defensa: con cuyos antecedentes penetrado el Muy Ilustre Señor Presidente de los propios conocimientos y a ejemplo de lo que hizo el Señor Gobernador de Cádiz, depositó toda su autoridad en el pueblo para que acordase el Gobierno más digno de su confianza y más a propósito a la observancia de las leyes Leyes y conservación de estos Dominios a su legítimo Dueño y desgraciado Monarca el Señor Don Fernando Séptimo en este solemne acto todos los Prelados, Jefes y Vecinos tributándole las más expresivas Gracias por aquel magnánimo desprendimiento, aclamaron con la mayor efusión de su alegría y armoniosa uniformidad que se estableciese una Junta precedida perpetuamente del mismo Señor Conde de la Conquista en manifestación de la gratitud que merecía a este Generoso Pueblo, que teniéndole a su frente se promete el Gobierno más feliz, la paz inalterable y la seguridad permanente del Reyno: resolvieron que se agregase seis vocales que fuesen interinos mientras se convocavan y llegavan los Diputados de todas las Provincias de Chile para organizar lo que devía regir en lo subsesivo, y procediendo a la elección de estos propuestos en primer lugar el Ylustrísimo Señor Don José Antonio Martínez de Aldunate, se aceptó con universal aprovación del Congreso: sucedió lo mismo con el segundo vocal el Señor Don Fernando Marquez de la Plata del Supremo Consejo de la Nación: con el tercero Doctor Don Juan Martínez de Rosas y Cuarto Vocal el Señor Coronel Don Ignacio de la Carrera, admitidos con los mismos vivas y aclamaciones sin que discrepase uno demás de quatrocientos sinquenta vocales: y procediendo luego a la elección por sedulas secretas de los dos miembros que devian completar la Junta (porque se advirtió alguna diferencia en los dictámenes) ¿…..? la Pluralidad por el Señor Coronel Don Francisco Xavier de Reyna y Maestre de Campo Don Juan Enrique Rosales, que manifestados al Público fueron recividos con singular regosijo: con el que celevró todo el Congreso la elección de dos Secretarios en los Doctores Don José Gaspar Marín, y Don José Gregorio de Argomedo, que por su notoria literatura Honor y Providad se han adquirido toda la satisfacción del Pueblo: se consedió a los Secretarios el Voto Informativo acordándose que el mismo Escribano de Gobierno lo fuese de la Junta: se concluieron y proclamaron las elecciones: Fueron llamados los electos y haviendo prestado el Juramento de husar fielmente su Ministerio, defender este Reyno hasta con la última gota de su sangre, concervarlo al Señor Don Fernando Séptimo y reconocer el Supremo Concejo de Regencia, fueron puestos en poseción de sus empleos: Declarando el Ayuntamiento, Prelados, Jefes y Vecinos el tratamiento de Excelencia que devia corresponder ha àquella Corporación, y a su Presidente en particular, como a cada Vocal el de Señoría, la facultad de proveer los empleos bacantes y que vacazen , y a las demás que dictase la necesidad de no poderse ocurrir a la Soveranía Nacional. Todos los Cuerpos Militares, Jefes, Prelados, Religiosos, y Vecinos juraron en el mismo acto obediencia y fidelidad a dicha Junta instalada así en nombre del Señor Don Fernando Séptimo a quien estaría siempre sugeta conservando las autoridades constituidas , y Empleados en sus respectivos destinos: Y haviéndose pasado Oficio al Tribunal de la Real Audiencia para que prestase el mismo reconocimiento el día de mañana diez y nueve del Corriente (por haverse concluído las diligencias relacionadas a la hora intempestiva de las tres de la tarde) resolvieron dichos Señores se extendiese esta Acta y publicase en forma de Vando Solemne, se fixase para mayor notoriedad en los lugares acostumbrados, y se circulasen testimonios con los respectivos Oficios a todas las Ciudades y Villas del Reyno. Así lo acordaron y firmaron de que doy fé.”(…)
José Miguel Infante
Procurador General»
«Un aporte del profesor José Ramón Toro «