Señor Director:
«El Ministerio de Salud ha publicado 13 de marzo una nueva resolución con medidas sanitarias, que incluyen en el Paso 2 (Transición) la prohibición de celebración de eventos con público. En lo concreto, esto significa que no se podrá celebrar la santa Misa, un bautismo o una liturgia de la palabra, salvo funerales (con solo 10 personas dentro de una iglesia).
Con lo anterior, es evidente que el costo de las medidas restrictivas recae solo en algunas actividades de la sociedad, y no en otras. De este modo se genera una situación de discriminación arbitraria para la práctica religiosa. Así, por ejemplo, mientras que en ningún templo puede haber personas celebrando el culto y la fe, en las terrazas de restoranes sí están permitidas 30 personas sentadas una frente a otra y sin mascarilla. Incluso más, dada la importancia de la presencialidad en los colegios, se permite en Fase 2 que en una sala de clases pueda haber 10-15 personas durante una mañana; pero en un templo 5 o 6 veces más grande, no se puede celebrar una Misa o un bautismo. Para qué hablar de las aglomeraciones que hay frente a bancos y comercios, en el mall y en supermercados, en la locomoción colectiva, etc., mientras que en la iglesia no podemos reunirnos durante una hora, considerando que guardamos estrictamente en nuestras celebraciones la distancia social, el uso de mascarillas y la sanitización de los espacios litúrgicos y las manos de los asistentes.
Comprendemos la gravedad del momento sanitario que vivimos como país, pero medidas como las que afectan a las celebraciones religiosas no ayudan en nada al tema de fondo. La iglesia siempre tendrá un compromiso decidido con el bien común, pero también aspira a un trato justo y proporcionado a las circunstancias. Por eso, pedimos a la autoridad que deje sin efecto la última medida que afecta al ejercicio del culto religioso, y revise en general la normativa para actividades religiosas, pues en algunos aspectos resulta excesivamente restrictiva si la comparamos con la que rige en otros ámbitos. Entendimos los permisos de vacaciones como una instancia de merecido descanso y relajo ante las situaciones vividas en el 2020; en este mismo sentido, la vida espiritual para los creyentes toma relevancia en el cuidado efectivo de la salud mental y sus múltiples formas de equilibrio interior.
Para quienes somos creyentes, la vida espiritual no es un ‘lujo interior e individualista’, sino una dinámica existencial que necesita la acción comunitaria de celebración, aún éstas bajo razonables y proporcionadas medidas de seguridad emanadas de las autoridades correspondientes. No se trata de pedir privilegios sino de que se respete la libertad de culto, que conlleva, entre otros aspectos, el legítimo derecho de los fieles a recibir sacramentos (o símiles en otras confesiones religiosas) que hoy, en la práctica, lo tienen prohibido. Los aforos deben tener restricciones dada la evolución de la pandemia pero, en los términos actuales, no se entiende la decisión tomada; ésta nos parece desproporcionada y perjudicial para la vida interior de millones de personas que habitan nuestra patria».
Gonzalo Bravo Álvarez
Obispo de San Felipe
de Aconcagua