La institución sugirió no otorgar el beneficio a 528 internos, pero Justicia dijo lo contrario
Ante la información recientemente entregada de otorgamiento de libertades condicionales, Gendarmería de Chile señala lo siguiente:
«La Libertad Condicional es una forma de seguir cumpliendo la pena en libertad y no extingue la responsabilidad penal.
La función de Gendarmería es elaborar el listado de aquellas personas que cumplen con los requisitos que la ley establece para ser presentados a la Comisión de Libertad Condicional la que se encuentra conformada íntegramente por miembros del Poder Judicial.
Es esta Comisión la que otorga o deniega el beneficio de la Libertad Condicional.
El 2012, mediante la ley 20.587 se dejó fuera de la toma de decisión sobre este beneficio a los Secretarios Regionales Ministeriales de Justicia.
La postulación al mencionado beneficio es un derecho del interno, sin embargo, la decisión es tomada por la Comisión de Libertad Condicional de cada Corte de Apelaciones a lo largo del país.
En el caso particular de la Quinta Región, del total de postulantes, Gendarmería sugirió no otorgar el beneficio a 528 internos.
No obstante aquello, la Comisión de Libertad Condicional, en uso de sus facultades legales, decidió concederles el beneficio a 788 internos incluyendo a aquellos que contaban con informe desfavorable por parte de Gendarmería».