Tomado del libro de Bernardo Cruz A. (Libre adaptación)
DIEGO PORTALES Y ACONCAGUA (1831-1837).- Como le consta a V.S. se tomaron enérgicas medidas, cuando fui informado de que un gobernador de esta provincia estaba haciendo nombramientos, al margen del art. 3º de la Constitución, con el objeto de influir en las próximas elecciones constitucionales. Semejante idea, cual le oficié, Sr. Intendente, es odiosa y repugnante al gobierno, quien, celoso de que los ciudadanos expresen libremente sus votos, no podrá consentir en que los funcionarios públicos, que deben dar ejemplo de respeto a estos actos, sean los primeros en autorizar y provocar tan funestos desórdenes.