Jueza de Garantía mantuvo prisión preventiva para imputado del delito de violación con homicidio de la pequeña Ámbar

Jueza de Garantía mantuvo prisión preventiva para imputado del delito de violación con homicidio de la pequeña Ámbar

- en Los Andes
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Desestimó solicitud de arresto domiciliario total efectuada por la defensa privada.

El Juzgado de Garantía de Los Andes mantuvo la prisión preventiva en contra de Miguel Andrés Espinoza Aravena, de 31 años, imputado por el Ministerio Público del delito de violación con homicidio en contra de la pequeña Ámbar Lazcano Páez, de 1 año 7 meses, ocurrido en una casa de la Villa Colunquen de la comuna de Rinconada la noche del viernes 27 de abril de 2018.

Así lo resolvió la magistrado Valeria Crosa luego escuchar lo expuesto por la defensa penal privada, a través del abogado Homero Caldera; el Ministerio Público representado por los fiscales Ricardo Reinoso y Alberto Gertosio, y los abogados querellantes Iván Inostroza, por el Ministerio del Interior y Seguridad Pública; Karin Hein, de la Fundación Amparo y Justicia; además de una profesional por el Servicio Nacional de Menores (Sename), en la audiencia de revisión de medidas cautelares efectuada la mañana del viernes, al considerar que en el avance de la investigación se encuentran suficientemente acreditados los antecedentes que justifican la existencia del delito que se investiga y los relativos a la participación en calidad de autor del imputado.

Dicha audiencia fue fijada por el tribunal ante el cumplimiento del plazo de investigación, el que, además, fue ampliado en un mes a petición del Ministerio Público debido a diligencias pendientes.

SOLICITUD DE REEMPLAZO DE MEDIDA CAUTELAR

En la audiencia, que comenzó a las 8:45 horas y se prolongó hasta las 11:20 horas, el nuevo defensor particular del imputado formuló la petición de reemplazar la prisión preventiva por la medida cautelar de arresto domiciliario total, sosteniendo que “no hay elementos objetivos que pudiesen establecer necesariamente la existencia de este delito”.

Dicha solicitud la fundamentó al exponer de manera extensa aspectos relacionados a la situación personal, familiar y judicial entorno a la niña y por lo cual estaba al cuidado de su representado y su pareja, para luego hacer alusión a los antecedentes concernientes a la causa.

Es así que en parte de lo expresado dio cuenta de lo que ha declarado su representado, insistiendo que alrededor de las 21:00 horas sintió un golpe en el segundo piso y al ir a ver a la niña se percató que se había caído de la cama, dándose cuenta que estaba inquieta, con cólicos y problemas para conciliar el sueño, luego le da leche y posteriormente se vuelve a percatar que la menor de edad continuaba con los dolores en su estómago, tener inflamada la zona abdominal y presentar problemas serios para respirar.

Por lo anterior, se comunica vía WhatsApp con su pareja que estaba trabajando en un packing de la comuna de Santa María y que regresa al domicilio la madrugada del sábado, por lo que trasladan a la menor de edad hasta el Servicio de Urgencia del Hospital San Juan de Dios de Los Andes para que se le detectara cuál era la situación médica, siendo atendida y posteriormente derivada al Hospital San Camilo de San Felipe, donde horas después dejó de existir.

Indicó que, tras haber revisado los antecedentes, pericias e informes de la causa, en la evaluación médica se determinó que se estaba en presencia de una violación y que también la niña había sufrido una peritonitis al haberse producido un estallido de un intestino, el que provocó una infección generalizada, como también un shock anafiláctico por síntomas de intolerancia alimenticia.

El jurista, quien dijo no dudar de la idoneidad de los médicos que intervinieron en el proceso, sostuvo que “todas las acciones que ha efectuado el Ministerio Público obedecen a un informe errado médico que parte en el Hospital San Juan de Dios, por lo tanto tiene que creer lo que profesionales del área en un momento determinado informan”, agregando que provocó “toda esta alarma y la intervención hasta del Presidente de la República”.

“NO SE ENCONTRARON LESIONES ATRIBUIBLES A UNA VIOLACIÓN”

A juicio de Caldera, el resultado de la autopsia del Servicio Médico Legal (SML) deja en claro que la causa de muerte se debió a traumatismo abdominal con lesión gástrica y enfatizó que no se encontraron lesiones atribuibles a una violación, agregando que con el objeto de confirmar y ratificar el informe del protocolo de autopsia solicitó la práctica de un informe pericial un reconocido legista.

LESIONES, AUTOPSIA Y EVIDENCIAS

Por su parte, el fiscal Reinoso, al argumentar los antecedentes de la investigación y lo expuesto por el abogado defensor, manifestó que el profesional al que le fue solicitado el informe pericial “va tomando lo que le conviene para ir desechando sin mucho rigor las otras cosas que no lo beneficia y llega a una conclusión selectiva”.

Hizo presente que la niña, conforme a la serie de exámenes y lo observado por los profesionales que la atendieron cuando estaba viva como así también en el protocolo de autopsia, sí presenta lesiones compatibles con una violación, y, además, que en su tórax había marcas de dedos de manos al ejercer una fuerte presión.

Recalco que el informe del SML estableció que la causa de muerte se produjo por “traumatismo abdominal con lesión gástrica, compatible con golpe directo en abdomen compatible con acción de tercera persona”.

Asimismo, agregó que en la serie de peritajes se encontraron muestras de sangre de la menor como también rastros de semen en prendas de vestir como en papeles.

A la vez, hizo mención a las declaraciones de los profesionales médicos de diferentes especialidades que atendieron a Ámbar, tanto del hospital de Los Andes como de San Felipe, quienes son coincidentes en las lesiones que presentaba y el grave estado en el que llegó la pequeña.

NUEVA PERICIA

Reinoso indicó que el jueves arribó a la fiscalía el resultado de otra pericia que había sido solicitada, particularmente al cobertor de la cama de la niña y donde también se hallaron fluidos correspondientes a un hombre.

CONTRADICCIONES

En tanto, la abogado Karin Hein mencionó las contradicciones en las declaraciones que han prestado el imputado y particularmente su pareja, como también de no haber señalado ni explicar lo relativo a la presencia de sangre. Cuestionó también lo de la caída de la cama, ya que la altura era de solo 50 centímetros

NO HAN VARIADO LOS ANTECEDENTES

La magistrado Valeria Crosa, en su resolución, señaló que no han variado los antecedentes que el tribunal tuvo a la vista al momento de decretar y mantener la cautelar de prisión preventiva, acotando que la libertad del imputado representa un peligro para la seguridad de la sociedad.

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