Llaman a postular al subsidio habitacional Sectores Medios y Emergentes

Llaman a postular al subsidio habitacional Sectores Medios y Emergentes

- en Los Andes
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Los postulantes deben cumplir con los requisitos que estipula la ley.

Un total de 495 subsidios dispuso el Ministerio de Vivienda y Urbanismo en la región, en el marco del segundo llamado del año del Programa Sectores Medios y Emergentes, Decreto Supremo DS01, destinado para quienes no cuenten con una propiedad.

La postulación para esta solución habitacional, que permite adquirir una vivienda o construirla, se podrá hacer desde hoy viernes 1 de septiembre hasta el día 14 del mismo mes, en que las familias deben contar con el ahorro requerido depositado hasta 31 de agosto, en una libreta para la vivienda con un año mínimo de antigüedad de apertura.

En esta línea, el Director Regional del Servicio de Vivienda y Urbanización, Carlos Contador, sugirió a los postulantes comenzar desde ya cotizar viviendas y que estas cuenten con la normativa que se exige. “No puede comprarse una vivienda que esté fuera de norma, que no tenga permiso de edificación, recepción final y que esté en malas condiciones. Nosotros vamos a revisar y verificar el estado de las viviendas, porque estamos entregando un subsidio para la solución habitación definitiva y no de manera transitoria”, explicó Contador.

Por último, para quienes desean postular, se puede hacer online a través del sitio www.minvu.cl, con la clave única otorgada por el Registro Civil, o de manera presencial en las oficinas de Chile Atiende en la región y del Servicio de Vivienda y Urbanización (Serviu)

CARACTERÍSTICAS DEL SUBSIDIO:

* El subsidio para sectores emergentes permite la compra de viviendas de hasta 1.600 UF, con un monto de subsidio que puede llegar hasta las 640 UF (monto máximo de subsidio), o la construcción de una vivienda en sitio propio o densificación predial, recibiendo un monto fijo de 700 UF.

* El subsidio para sectores medios está destinado a la compra de viviendas de hasta 2.400 UF, con un monto de subsidio entre 525 y 140 UF, o a la construcción de vivienda en sitio propio o densificación predial, recibiendo un monto fijo de 450 UF.

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