Nuevas autoridades además  asumirán la presidencia de su respectivo Consejo Regional

Por 83 votos a favor, 22 abstenciones y 7 en contra, la sala de la Cámara de Diputados aprobó ayer la reforma constitucional que permite la elección de los intendentes por voto popular, proyecto que forma parte de la Agenda de Descentralización que está impulsando el gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet.

De este modo, la iniciativa, que actualmente tiene carácter de suma urgencia, pasó a tercer trámite constitucional en el Senado, órgano que debe pronunciarse sobre las modificaciones hechas al proyecto por los diputados.

Una vez concluida la votación, el subsecretario de Desarrollo Regional, Ricardo Cifuentes, calificó el despacho de la reforma como “un hito histórico que le permitirá al país seguir avanzando en descentralización”.

“Ahora –agregó la autoridad- veremos en una Comisión Mixta cuáles van a ser las competencias con que van a comenzar a gestionar los futuros gobernadores regionales una vez que asuman”, aludiendo de esta manera a la iniciativa sobre fortalecimiento de la regionalización que se tramita paralelamente.

Por otra parte, el subsecretario Cifuentes reconoció que están los tiempos ajustados y anunció que una vez despachada la reforma constitucional, “al día siguiente va a ingresar el proyecto de Ley Orgánica Constitucional que regulará la elección de los actuales intendentes”.

“No podemos hacerlo antes por un tema de técnica legislativa. No podemos enviar una iniciativa de un tema que no está autorizado en la Constitución”, señaló el titular de la SUBDERE.

Aclaró que el último plazo es marzo de 2017, ya que “ese mes se declaran las candidaturas y por lo tanto en esa fecha tiene que estar lista la ley que reglamentará esos comicios”, comentó.

En este sentido, el subsecretario Cifuentes indicó que el Ejecutivo utilizará todas las herramientas que dispone para apurar la tramitación de los proyectos, no descartando incluso ponerle discusión inmediata a la reforma constitucional sobre elección de intendentes, que en el futuro se llamarán gobernadores regionales.

Cabe destacar que esta iniciativa, en su actual estado de tramitación, entre otras disposiciones, establece lo siguiente:

•La elección de un Gobernador Regional como Ejecutivo del Gobierno Regional y Presidente del Consejo Regional.

•Será electo Gobernador Regional quien obtenga un umbral de voto de al menos el 40 por ciento de los votos válidamente emitidos. De lo contrario, habrá segunda vuelta entre las dos primeras mayorías.

•El representante del Presidente de la República en el territorio será el Secretario Regional Presidencial. En tanto, en las provincias serán los Secretarios Provinciales Presidenciales.

•Le corresponderá al Secretario Regional de la provincia donde tenga asiento la capital regional la coordinación y supervigilancia de los servicios públicos nacionales no descentralizados.

•Se establece que las competencias que sean transferidas a los gobiernos regionales y municipalidades deberán identificar claramente su financiamiento.

•Un principio de subsidiaridad territorial.

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