Circulaban a 98 kilómetros por hora al momento de impactar a la víctima.
A la pena de 540 días de presidio menor en su grado mínimo en su calidad de autor de cuasidelito de homicidio fue condenado por el Juzgado de Garantía de Los Andes el acusado Jaime Carvajal Quinteros, de 45 años, conductor de la camioneta marca Mitsubishi modelo Katana, patente HFYP-57, que la madrugada del jueves 12 de abril de 2018 atropelló y provocó el deceso de la alumna María Isabel Díaz Moyano, de 14 años, quien cursaba primer año medio “A” en el Liceo Técnico Amancay de Los Andes, lamentable hecho ocurrido en el camino internacional.
Después de tres años de investigación y conforme al avance de la causa, la Fiscalía local llevó al imputado a un juicio oral simplificado, luego que en junio de 2019 fuera formalizado por el ilícito y quien posteriormente no admitiera responsabilidad para realizar una audiencia de procedimiento abreviado.
La sentencia fue pronunciada por la magistrado Valeria Crosa, en la que también se establecieron accesorias legales, la suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena y la suspensión de la licencia de conducir vehículos motorizados durante dos años.
La pena corporal impuesta debe cumplirla en libertad con remisión condicional en atención a su irreprochable conducta anterior, por lo cual quedó sujeto por el plazo de un año al control de Gendarmería a través del Centro de Reinserción Social.
RETORNABA A CASA AL NO HABERSE DETENIDO MICROBÚS
Como informamos en su oportunidad, el accidente de tránsito se registró alrededor de las 7:00 horas en el sector de Río Colorado en momentos que la estudiante iba cruzando la calzada de la ruta.
En la investigación se pudo establecer que la alumna momentos antes había salido con su mamá desde su casa con el propósito de abordar el microbús para trasladarse al establecimiento educacional en Los Andes y para ello cruzó el camino dirigiéndose al paradero que estaba al frente.
No obstante, el medio de transporte de pasajeros por alguna razón no se detuvo en el lugar y por ello la liceana se devolvió hacia su hogar, por lo que cruzó nuevamente la ruta y cuando lo hacía se aproximó circulando la camioneta y que al pasar una curva embistió a la víctima, cuyo conductor se dirigía a la División Andina de Codelco para cumplir sus labores como administrador de contratos de Copec.
A consecuencia de la fuerza del impacto, la menor de edad fue desplazada sobre el capot del vehículo y proyectada a la berma de la ruta, donde fue auxiliada por su conmocionada madre, otros conductores y familiares, mientras se solicitaba la ambulancia del Samu. Al arribar, los paramédicos brindaron la asistencia a la estudiante, pero a los pocos minutos se produjo su deceso a raíz de la gravedad de las lesiones sufridas.
El conductor de la camioneta se mantuvo en el lugar quedando en estado de shock por lo sucedido, en tanto que el procedimiento policial fue realizado inicialmente por Carabineros de la Tenencia San Esteban con apoyo de personal de la Subcomisaría Los Libertadores.
Horas posteriores se hizo presente personal de la SIAT de Carabineros Aconcagua que llevaron a cabo los peritajes respectivos y luego el cuerpo fue levantado y trasladado por el Servicio Médico Legal (SML) que en el examen de autopsia estableció como causa de muerte traumatismo esquelético visceral.
“CONDUCTA IMPRUDENTE Y TEMERARIA”
Al realizarse el juicio oral simplificado de manera telemática y conocidos todos los antecedentes como medios de prueba presentados, al resolver la jueza Valeria Crosa argumentó que el tribunal tuvo por demostrado, más allá de toda duda razonable, que esa mañana “el acusado conducía la camioneta a una velocidad de más de 95 kilómetros en zona rural, oscuro, donde existían casas, paraderos y con límite de velocidad de 70 kilómetros impactando a una menor que cruzaba la ruta por un paso sin cebra, pero tomando las precauciones necesarias producto de esta maniobra, el vehículo pasó a llevar con su parte delantera a la víctima matándola”.
En el fallo, la magistrado estableció que en nada hizo variar el hecho acreditado las pericias de la defensa, “por cuanto estas se limitan a señalar que su representado conducía con preferencia ante la víctima por cuanto cruzó sin tener paso de cebra, exponiéndose ella al riesgo y a los resultados; sin hacerse cargo de que existían señaléticas que advertían peatones en la vía, disminución de velocidad y que el GPS de su representado marcó 98 kilómetros como la velocidad del móvil conducido por el acusado, en zona de 70 kilómetros”.
Fue así que en la resolución se acreditó que el conductor “incurrió en una conducta imprudente y temeraria, con infracción a las normas de la Ley de Tránsito al no disminuir velocidad en zona de peatones con señalética, estando oscuro y a alta velocidad”, agregando que “la inexistencia de paso de cebra no exculpa el accionar del acusado, puede tenerse presente para acciones civiles, pero el hecho típico, antijurídico y culpable existe”, se recalcó en la condena.
EMOTIVA DESPEDIDA
La malograda alumna la tarde del viernes 13 de abril fue despedida en medio de la tristeza y profundo dolor en el frontis del Liceo Técnico Amacay, por donde pasó el cortejo fúnebre por parte de la directora del Daem, el director del establecimiento, profesores, alumnado, padres y apoderados.