Sentencia de la Corte de Apelaciones sobre parquímetros subterráneos en la Plaza de Armas supone disminuir área de calzos y a su vez un menor costo para los automovilistas

Sentencia de la Corte de Apelaciones sobre parquímetros subterráneos en la Plaza de Armas supone disminuir área de calzos y a su vez un menor costo para los automovilistas

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El proyecto de los estacionamientos subterráneos en la Plaza de Armas de Los Andes. La infografía muestra el ingreso peatonal frente a calle Santa Rosa.

La Corte Suprema acogió recurso de protección interpuesto por diversas organizaciones ciudadanas de Los Andes y ordenó al Servicio de Evaluación Ambiental de la Región de Valparaíso retrotraer el procedimiento de declaración de impacto ambiental del proyecto de construcción de estacionamientos subterráneo en la plaza de Los Andes  hasta obtener el informe definitivo del Consejos de Monumentos Nacionales.

En la sentencia , la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Ángela Vivanco y los abogados integrantes Jorge Lagos y Pedro Pierry– estableció el actuar arbitrario de la autoridad recurrida, al aprobar la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto sin recibir la respuesta definitiva de las objeciones planteadas por el organismo técnico.

Ello en virtud que el proyecto se construiría a solo 7,5 metros del edificio de la Gobernación de Los Andes y del Centro Histórico de la ciudad, el cual podría verse afectado por las obras.

Para el máximo tribunal,, “ al no haber esperado el Servicio de Evaluación Ambiental el informe final del Consejo de Monumentos Nacionales, pese al número y entidad de las observaciones formuladas por dicha repartición pública a la Declaración de Impacto Ambiental presentada por Concesiones Los Andes S.A., considerando la posible afectación de un Monumento Histórico y de una Zona Típica, la omisión deviene en ilegal, resultando lesivo para el derecho de la parte recurrente de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, consagrado en el artículo 19 N° 8 de la Carta Fundamental».

El recurso de amparo había sido presentado por al abogado y ex alcalde de Los Andes Mauricio Navarro en representación dela ONG Iniciativa Ciudadana y la Asociación Indígena Wueyuken,  en virtud del acuerdo al cual llegó el actual Concejo Municipal de Los Andes de autorizar la construcción de estos estacionamientos cotando solo con la Declaración de Impacto Ambiental.

A juicio del abogado Navarro  esta sentencia “entrega una luz de esperanza a la ciudad de Los Andes, e implica un compromiso político por parte de la actual Administración y del Concejo Municipal en orden a reformular la reciente decisión de extender el área de cobro de parquímetros como asimismo implica concordar la rebaja del mismo”.

Es absolutamente necesario, expuso el profesional recordar los hechos, “y dejar establecido que mediante decreto alcaldicio de diciembre de 2014 de la anterior administración a mi cargo se puso término al contrato de Estacionamiento Subterráneos, y que fue la actual Administración junto al acuerdo inmensamente mayoritario de su Consejo Municipal, con la única excepción del Concejal Octavio Arellano el que se opuso, quienes concordaron con la empresa Concesiones Los Andes S.A. continuar con el contrato. Es esta decisión la que en definitiva obliga a este abogado y sus representados a la interposición de este recurso de protección, el cual fue resuelto favorablemente para la ciudad de Los Andes”, resaltó.

Navarro explicó que las consecuencias concretas aplicables a partir  de la sentencia del Tribunal Supremo son varias y  de mucha relevancia.

“En primer término e deja sin efecto la Aprobación de la Declaración Ambiental del Servicio de Impacto Ambiental del proyecto denominado Estacionamiento Concesiones Los Andes y se obliga, para efectos de un nuevo pronunciamiento del Sistema de Evaluación Ambiental considerar el informe del Consejo de Monumentos Nacionales el cual es negativo por los perjudiciales impactos que puede tener el proyecto principalmente en el Edificio de la Gobernación Provincial”, argumentó.

Agregó que esto obliga a reformular las áreas de extensión de parquímetros, como asimismo los costos de los mismos, “pues su aplicación se encuentra asociada a la Construcción de un Edificio de Estacionamientos, cuestión que es de exclusiva competencia y responsabilidad de la actual Administración Alcaldicia.

El abogado enfatizó que en definitiva, “se debe dejar sin efecto el área de extensión de los parquímetros y sus costos deben ser rebajados proporcionalmente y todo esto es una muy buena noticia para la ciudad de Los Andes”.

Abogado Mauricio Navarro.

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