“ Una cosa … lleva a la otra ”

“ Una cosa … lleva a la otra ”

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Por: Jorge A. Walters A.

No cabe duda alguna de que, el ser humano es más reactivo que pro activo.- Sin embargo, el resultado del reciente Plebiscito, esta vez, nos ha obligado a tomar decisiones, tal vez impensadas que, serán trascendentes para el futuro de nuestro país.- Con la llegada del Siglo XXI, el anunciado despertar de las conciencias, comenzó a manifestarse y hacerse realidad en la sociedad chilena que, tomó razón de que, la insostenible situación socio-económica de Chile y del mundo, no tenía razón de ser y nada justificaría su continuidad.-

El sistema económico Neo-Liberal imperante, mayoritariamente en el mundo, con muy poco acento en lo social, estiró tanto la cuerda en favor del Poder Económico que, terminó por cortarse y por cierto, su vigencia tal cual, se hizo insostenible.- El control de la sociedad, a través del Poder del Dinero y de la influencia de los Medios de Comunicación, esta vez, agravada por la Pandemia del COVID- 19, resultaron incapaces e insuficientes para poner atajo y frenar, a la avasalladora “verdad diferente” que, comenzó a mostrarse y a hacerse viral en las Redes Sociales.-

No causó extrañeza que, de pronto, la gente se diera cuenta y tomara razón de sus Derechos.- La añeja forma de vida, además, de ser inaceptable, no podía continuar ofendiendo en su dignidad, ni abusando de la ciudadanía en lo socio- económico, a extremos tan inauditos.- Así se explica la causa del “Estallido Social” de Octubre de 2019 que, por ser generalizado fue aprovechado, por una dudosa minoría delictual que, se infiltró, para saquear y destruir, bienes de uso público, lo que, mayoritariamente fue repudiado, y cuyos autores, rara vez fueron apresados, ni identificados, lo que, condujo a la Clase Política, (Gobierno y Oposición ) a dialogar y a suscribir Acuerdos que, obligaron a programar, contra la voluntad de algunos, la realización reciente del Plebiscito que, superó en número de votantes a todas las Elecciones anteriores, a pesar del confinamiento y de las restricciones originadas por la Pandemia.- El resultado, puso las cosas en su lugar, mediante un abrumador 80% aprox. que, se inclinó por el APRUEBO de una nueva CONSTITUCIÓN contra un 20 % Aprox. que se inclinó por el RECHAZO, y esto mismo, también, se reflejó con una diferencia mayor aún, en cuanto al tipo de CONVENCIÓN CONSTITUYENTE en la que, los votantes manifestaron que debería ser electa, en su totalidad, sin presencia de los actuales Parlamentarios, resultado por sobre, la opción contraria, partidaria de una ASAMBLEA CONSTITUYENTE MIXTA.- (50% Electa y el restante 50% por Parlamentarios en ejercicio).- Corresponde en consecuencia, en un plazo ya establecido, elegir a los Constituyentes encargados de la redacción de la Nueva CONSTITUCIÓN que, será el “Marco regulador” que permitirá construir el nuevo Chile que todos queremos.-.- La ciudadanía como sabemos, se pronunció exigiendo que, éstos miembros sean independientes y necesariamente personas de excelencia, probas, inteligentes, honorables, éticamente destacadas y confiables, cuyos nombres ya están siendo mencionados públicamente.- … ¡ALERTA! Aquí surge un muy grave problema que, deberá resolverse a la brevedad posible, por los Organismos pertinentes.- En relación con lo señalado y vistos los siguientes considerandos: 1.- Que, por ser un deber del Estado, garantizar y asegurar el Derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida Nacional (Art. 1 ) .- 2,. Que, por ser Chile una República Democrática.- (Art. 4 ) y que, este concepto debe entenderse como: “El Gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”.- 3.- Que, la Soberanía reside en la Nación y su ejercicio se realiza por DELEGACIÓN en las Autoridades que, el pueblo designa mediante elecciones periódicas.- (Art. 5 ).- …Que los órganos del Estado deben someter su acción a la Constitución y a las normas dictadas conforme a ellas.- (Art. 6 ); Que, ninguna Magistratura, ninguna persona, ni grupo de personas, puede atribuirse, ni aún a pretexto de circunstancias extraordinarias, otra Autoridad o Derechos que, aquellos que, expresamente se les haya conferido, en virtud de la Constitución y las Leyes.- Y agrega que: Todo acto en contravención a este Artículo, es NULO y originará las responsabilidades y las sanciones que la Ley señale .- (Art. 7).- Que, dado que la CONSTITUCIÓN vigente, garantiza el pluralismo político que, (en el caso de Chile, los INDEPENDIENTES, o electores sin filiación política son más de 2/3 del electorado total) y en virtud de lo dispuesto en el Art. 15 que señala que, los Partidos Políticos, no podrán intervenir en actividades ajenas a las que le son propias, ni tener PRIVILEGIO ALGUNO, o MONOPOLIO de la participación ciudadana , pareciera ser muy urgente que, aquellas Autoridades a quienes corresponda hacerlo, ya sea el Tricel, la Contraloría, la Corte Suprema, u otro, Resuelvan y declaren viciado, improcedente, ilegal, e inconstitucional, la apropiación indebida e inconsulta, de los actuales Parlamentarios, para acomodar en su beneficio, los Derechos exclusivos a participar en cualquier Acto de elección popular, en el que, de hecho, quedan fuera los ciudadanos INDEPENDIENTES ya que, los Parlamentarios en ejercicio, silenciosamente, en algún momento y a espaldas de quienes son sus MANDANTES, deslealmente los marginaron y por Ley, hacen casi imposible su participación en igualdad de condiciones con aquellos con filiación política.- ….. Pregunta…¿ Será posible revocar y dejar sin efecto el MANDATO, en que la ciudadanía Delega en los Parlamentarios su representación ? “ ¡ ALERTA ! ” y ¡ A TENER PRESENTE !

Con máxima urgencia el Congreso, o la Institución que sea, deberá encontrar la forma y los mecanismos que den solución a esta situación anómala, no prevista, ya sea, considerando a la mayoría INDEPENDIENTE, como un Partido Político más, similar en cuanto a Derecho, como los otros.- o quizás, con la posibilidad de una nominación postal firmada por los adherentes ante Notario, o a lo mejor, por Primarias entre los Candidatos Independientes sugeridos, a través de una votación telemática, o mediante cualquier otro mecanismo.-

Estimo que, sería una peligrosa irresponsabilidad y casi una PROVOCACIÓN de parte de las actuales Autoridades, hacia el pueblo, el NO dilucidar y corregir oportunamente, esta anómala situación, porque, si llegado el momento en que se venza el plazo para nominar candidatos a formar parte de esta Comisión Constituyente y recién se informa a la ciudadanía que, por no haber sido modificada la actual Ley Electoral, para corregir estos vicios y anomalías señaladas, los eventuales Candidatos Independientes propuestos, estarían definitivamente inhabilitados y todos los esfuerzos realizados, habrían sido en vano, e inútiles…-

Si Ud. concuerda con lo señalado, Decrete con Fuerza y Convicción: ¡¡¡ QUE ASÍ SEA !!!

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