Es plena temporada estival y también un período de descanso para miles de trabajadores. Después de un año de actividad laboral es momento para encontrarse con la familia, distraerse y descansar. Son tres semanas de merecido receso. El feriado legal es un derecho más de los trabajadores en nuestro país, y es oportuno informarse al respecto.
Sobre la materia, la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Karen Medina, señaló que “las vacaciones o feriado legal de los trabajadores es un derecho. En este sentido el artículo 67 del Código del Trabajo establece que todo trabajador con más de un año de servicio en el sector público o privado tendrá derecho a un feriado anual de quince días hábiles, contados de lunes a viernes, con derecho además a remuneración íntegra de estos días de descanso completo. Este feriado legal deberá otorgarse en forma continua o como mínimo por 10 días hábiles seguidos por acuerdo de ambas partes, fraccionándose los cinco restantes, reiterando además que basta cumplir con el año de antigüedad como requisito para que el trabajador haga uso de su derecho”, manifestó la autoridad.
Cabe destacar que no podrán acumularse más de dos períodos de vacaciones anuales. Si así ocurriera, uno de éstos se otorgará antes de que el trabajador haya enterado el tiempo de servicio que le da derecho al próximo período de descanso. El feriado legal tampoco podrá compensarse en dinero, salvo si el trabajador antes de cumplir el año de servicio deja de trabajar.
Es importante recalcar que «el empleador no puede modificar la fecha solicitada de manera oportuna por el trabajador, y tampoco se puede anticipar o postergar dicho beneficio. La ley señala a la vez que este descanso legal debe concederse idealmente en primavera o verano». Finalmente la Seremi del Trabajo recordó que el feriado legal no puede ser descontado de la remuneración y que el salario del trabajador en ese período de pausa debe ser garantizado íntegramente.